SCJN: Es constitucional el otorgamiento de sustitutivos de la pena de prisión bajo la condición de que quien lo solicite no haya sido juzgado por un delito que amerite prisión preventiva oficiosa
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la constitucionalidad del primer párrafo del artículo 43 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, que condiciona la concesión de sustitutivos de la pena de prisión a que las personas que lo soliciten no hayan sido condenadas por delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales. En su sentencia, la Sala consideró que, si bien la norma local reclamada prohíbe de forma categórica al sentenciado acceder al beneficio de sustitución de la pena, esto se debe a la [...]