AUDIENCIAS EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. SU CELEBRACIÓN A TRAVÉS DE VIDEOCONFERENCIA NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD
El Tribunal Colegiado de Circuito determina que la celebración de las audiencias en el Sistema Penal Acusatorio a través de videoconferencia mediante las diversas plataformas tecnológicas no viola el principio de publicidad. Si bien el uso de las plataformas tecnológicas para celebrar audiencias por videoconferencia se potenció derivado de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), lo cierto es que a partir de ello se ha privilegiado el uso de tecnologías y medios digitales para brindar una mayor celeridad a los usuarios en diversos trámites, entre ellos, el de la impartición de justicia; sin que pueda desconocerse esa situación [...]