LA CORTE INVALIDA DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL DE QUERÉTARO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Querétaro por considerar que las mismas contravenían el principio de legalidad, así como los derechos a la igualdad y no discriminación y a la no autoincriminación.  De forma específica, el Pleno determinó la invalidez del párrafo tercero del artículo 170, que establecía como agravante del delito de discriminación que la conducta se cometiera contra personal de salud, seguridad o protección civil. La Corte concluyó que las personas legisladoras locales no justificaron adecuadamente la necesidad de dicha agravante, especialmente porque el tipo [...]

LA CORTE INVALIDA DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL DE QUERÉTARO2025-08-09T04:13:55+00:00

DELITO DE ROBO DE INFANTE

NO SE ENCUENTRA EN EL CATÁLOGO DE LOS QUE AMERITAN PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA   El Tribunal Colegiado de Circuito determina que el delito de robo de infante no es una modalidad del delito de secuestro, por lo que no se encuentra previsto en el catálogo de los que ameritan prisión preventiva oficiosa. A partir de la entrada en vigor de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, el tipo penal de secuestro quedó regulado expresamente en dicho ordenamiento y no en los Códigos Penales de las entidades federativas.  El tipo penal de robo de infante, [...]

DELITO DE ROBO DE INFANTE2025-07-25T13:01:25+00:00

AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO

HIPÓTESIS EN LA QUE SE JUSTIFICA LA REVISIÓN DE LA INDIVIDUALIZACIÓN E IMPOSICIÓN DE LAS SANCIONES EN EL ACTO RECLAMADO.   El Tribunal Colegiado de Circuito determina que la legitimación de la víctima u ofendido del delito para promover amparo directo contra la sentencia definitiva está limitada a aspectos distintos del quantum de las penas, con excepción de aquellos supuestos en que haya existido una inexacta aplicación de la ley sustantiva o de los marcos de punibilidad establecidos para el ilícito respectivo, o bien, un error en el cálculo de las penas impuestas; inclusive, una errónea apreciación de los factores benéficos [...]

AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO2025-07-22T13:09:07+00:00

DICTÁMENES PERICIALES OFICIALES EN EL SISTEMA PENAL MIXTO

SU FALTA DE RATIFICACIÓN NO ES MOTIVO PARA DEJAR DE RESOLVER SOBRE EL CIERRE DE INSTRUCCIÓN, SEPARACIÓN DE AUTOS O EL DICTADO DE LA SENTENCIA DENTRO DE LOS PLAZOS CONSTITUCIONALES.   El Tribunal Colegiado de Circuito determina que la falta de ratificación de los dictámenes periciales oficiales no es motivo para dejar de resolver sobre el cierre de instrucción, separación de autos o el dictado de la sentencia dentro de los plazos constitucionales. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que los dictámenes periciales de carácter oficial deben ser ratificados, así como que los [...]

DICTÁMENES PERICIALES OFICIALES EN EL SISTEMA PENAL MIXTO2025-07-15T12:24:13+00:00

AGRAVANTE DE RESPONSABILIDAD TÉCNICA PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 243 Y 244 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE PUEBLA

NO ES APLICABLE A LOS MÉDICOS EN DELITOS RELACIONADOS CON RESPONSABILIDAD PROFESIONAL.   El Tribunal Colegiado de Circuito determina que la agravante de responsabilidad técnica prevista en los artículos 243 y 244 del Código Penal del Estado de Puebla, no es aplicable a los médicos en delitos relacionados con la responsabilidad profesional. El capítulo noveno del Código Penal del Estado de Puebla aborda las conductas antijurídicas relacionadas con la responsabilidad profesional, estableciendo, de manera expresa, una subdivisión por secciones que contempla los delitos cometidos por: 1) abogados patronos y litigantes; 2) médicos (artículo 239); 3) ingenieros, arquitectos, agrónomos, veterinarios, maestros de [...]

AGRAVANTE DE RESPONSABILIDAD TÉCNICA PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 243 Y 244 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE PUEBLA2025-07-15T12:22:43+00:00

MANIFESTACIÓN “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” DE LOS HECHOS QUE FUNDAMENTAN LA RECUSACIÓN.

EL ARTÍCULO 59 DE LA LEY DE AMPARO QUE LA EXIGE NO VULNERA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA PRONTA E IMPARCIAL.   La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que el artículo 59 de la Ley de Amparo, al imponer al promovente de la recusación el deber de manifestar en el escrito relativo "bajo protesta de decir verdad" los hechos en que se fundamenta, y el desechamiento de plano ante la omisión de cumplirlo, no vulnera el derecho de acceso a la justicia pronta e imparcial. La "protesta de decir verdad" como requisito [...]

MANIFESTACIÓN “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” DE LOS HECHOS QUE FUNDAMENTAN LA RECUSACIÓN.2025-07-11T17:57:57+00:00

DELITO DE INSUBORDINACIÓN MILITAR POR FALTA DE RESPETO A UN SUPERIOR

LA PENA APLICABLE DE CINCO AÑOS DE PRISIÓN NO VULNERA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD DE LAS PENAS.   La pena de cinco años de prisión, prevista en el Código de Justicia Militar, para el delito de insubordinación, consistente en faltar al respeto a un superior durante la realización de los actos de servicio militar, no vulnera el principio de proporcionalidad de las penas previstas en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues es acorde con la gravedad del delito y el bien jurídico protegido, en este caso, la disciplina militar que exige obediencia, respeto y [...]

DELITO DE INSUBORDINACIÓN MILITAR POR FALTA DE RESPETO A UN SUPERIOR2025-07-08T17:06:43+00:00

LA INADECUADA INFORMACIÓN AL IMPUTADO SOBRE EL JUICIO ABREVIADO Y SU APELACIÓN VULNERA SU DEFENSA

EL CONSENTIMIENTO INFORMADO DE LAS PERSONAS IMPUTADAS ES UN ELEMENTO ESENCIAL PARA LA TOMA DE DECISIONES RELACIONADAS CON EL CAUCE DEL PROCESO PENAL.   La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoció de un caso en el que una mujer fue encontrada en su domicilio, junto con sus tres hijos menores de edad, presentando todos signos de intoxicación por gas. A raíz de estos hechos, fue detenida y trasladada a las instalaciones de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua. El Ministerio Público ejerció acción penal en su contra por su probable responsabilidad en el delito [...]

LA INADECUADA INFORMACIÓN AL IMPUTADO SOBRE EL JUICIO ABREVIADO Y SU APELACIÓN VULNERA SU DEFENSA2025-07-04T16:23:46+00:00

ES CONSTITUCIONAL LA PENA DE CUARENTA A SETENTA AÑOS ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO PARA CASTIGAR EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO

ES CONSTITUCIONAL POR HABERSE COMETIDO TAL DELITO CON VENTAJA. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una sentencia de amparo directo promovido por una persona que fue condenada, en primera y segunda instancias, a cuarenta años de prisión por el delito de homicidio calificado (cuando se comete con ventaja), previsto y sancionado por los artículos 241, párrafo primero, 242, fracción II, en relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11 fracción I, inciso d) del Código Penal del Estado de México, vigente al momento de los hechos. Lo anterior, tras considerar [...]

ES CONSTITUCIONAL LA PENA DE CUARENTA A SETENTA AÑOS ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO PARA CASTIGAR EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO2025-07-01T13:46:37+00:00

ARBITRARIEDAD EN LA EJECUCIÓN DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN

MOMENTO PROCESAL PARA REALIZAR EL PLANTEAMIENTO RELATIVO.   El Tribunal Colegiado de Circuito determina que el planteamiento sobre arbitrariedades en la ejecución de una orden de aprehensión debe realizarse específicamente cuando el Ministerio Público sustente alguna petición a la autoridad jurisdiccional en datos o medios de prueba que se hayan obtenido con motivo de ella.   En términos de la jurisprudencia 1a./J. 32/2020 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es posible plantear arbitrariedades en la ejecución de una orden de aprehensión, sin que el análisis de tales actos forme parte del control de [...]

ARBITRARIEDAD EN LA EJECUCIÓN DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN2025-06-27T14:17:08+00:00
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